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    EL GOBIERNO DEFINIO LOS REQUISITOS PARA QUE EL PERSONAL MILITAR PUEDA ACCEDER A CARGOS PUBLICOS

    IMAGEN ILUSTRATIVA.
    El Gobierno nacional oficializó una modificación clave en el régimen del personal militar y estableció los requisitos para que integrantes del Ejército puedan desempeñar funciones en la administración pública. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 58/2026, habilita a los uniformados de carrera a ocupar cargos estatales, aunque con limitaciones específicas. Entre los principales cambios, se aclara que no podrán acceder a puestos electivos ni mantener simultáneamente funciones operativas dentro de las Fuerzas Armadas.

    La reforma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Defensa Carlos Presti, introduce ajustes al artículo 18 de la Ley para el Personal Militar N° 19.101. El texto establece que “El personal del Cuadro Permanente podrá desempeñar funciones públicas, no electivas”. Es decir, solo podrán asumir cargos designados por el Poder Ejecutivo u otras autoridades competentes, siempre con autorización previa del jefe del Estado Mayor General del Ejército.

    Además, el decreto detalla que oficiales, suboficiales y voluntarios del cuadro permanente conservarán su condición mientras presten servicios en organismos del Ejército, en el Consejo de Defensa Nacional, en el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas o en la Casa Militar de la Presidencia, así como en comisiones propias del servicio. También se contempla la posibilidad de que el militar designado permanezca apartado de su puesto hasta un máximo de dos meses tras asumir la nueva función, con el fin de facilitar la transición administrativa.

    Otro punto relevante es que los uniformados que ocupen cargos dentro del Ministerio de Defensa, fuera de la estructura estrictamente militar, podrán mantener la continuidad de su carrera, antigüedad y beneficios previsionales. La intención oficial es que estos nombramientos no afecten los años de servicio ni el cálculo del retiro. Sin embargo, el beneficio solo alcanzará a quienes aún no hayan llegado al grado máximo de su fuerza, ya que en esos casos no existen ascensos ni mejoras jubilatorias adicionales. Asimismo, se ratificó la incompatibilidad entre tareas operativas y funciones ministeriales: no podrán cumplirse ambas al mismo tiempo.

    Tras la entrada en vigencia del nuevo esquema, el Ejecutivo designó a varios militares en puestos estratégicos del Ministerio de Defensa a través del Decreto 60/2026. El general de división Jorge Alberto Puebla asumió la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares; el teniente coronel (R) Daniel Enrique Martella quedó al frente de Asuntos Internacionales para la Defensa; el general de brigada Carlos Horacio Martín ocupará Planeamiento Operativo y Servicio Logístico; y el coronel Ariel Andrés Mira Peña será subsecretario de Gestión Administrativa. En tanto, Guillermo Patricio Madero fue nombrado titular de la Unidad Gabinete de Asesores, siendo el único civil incorporado. Con estas medidas, el Gobierno busca integrar perfiles técnicos militares a la gestión pública sin interrumpir su trayectoria profesional.

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