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| IMAGEN ILUSTRATIVA. |
En este sentido, todas las personas que no voten podrán enfrentarse a distintas sanciones y en caso de no asistir a sufragar ni pagar la multa correspondiente, se puede perder el derecho a algunas gestiones y trámites de relevancia.
La Justicia Nacional Electoral informó que, por no justificar la ausencia del voto en la categoría de diputados nacionales, hay una multa muy leve de entre 50 y 500 pesos. En cambio, respecto a categorías provinciales, infracción del artículo 174 del Código Electoral Provincial, como es el caso del referéndum y el Consejo de la Magistratura, la multa puede ascender a medio JUS (unidad de medida judicial) que a la fecha equivale a 30.000 pesos.
Por otro lado, las personas tendrán un plazo de hasta 60 días para justificar su ausencia a las elecciones legislativas o deberán abonar la multa prevista por el Código Electoral Nacional (artículo 125)."Quienes no tengan justificativo o no hayan abonado la multa correspondiente no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos públicos".
Tampoco se podrá acceder a cargos públicos durante tres años contados a partir de la fecha de la elección, en este caso hasta el 26 de octubre de 2028.

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