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| KARINA MILEI. |
El fallo, dispuesto por el titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial N° 5, Alejandro Maraniello, ordena el cese de la difusión de cualquier chat, audio, foto o video obtenidos en la Casa de Gobierno, sin investigar previamente su origen ni determinar si fueron obtenidos de manera ilegal. Según FOPEA, esta medida se da “sin realizar una investigación que determine el origen ilícito o no de los audios” y podría afectar la labor de los medios.
La organización recordó que los periodistas están sujetos a responsabilidades legales por su trabajo, pero enfatizó que cualquier limitación previa constituye censura. En sus palabras, “cualquier medida preventiva o restrictiva que impida ese derecho… constituye un acto de censura previa y resulta incompatible con las normas constitucionales vigentes”.
FOPEA recordó además que el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos prohíbe la censura previa, salvo en casos muy específicos de seguridad nacional.
En paralelo, FOPEA alertó sobre los allanamientos solicitados por la ministra de Seguridad en medios de comunicación, incluyendo la sede del canal de streaming Carnaval. Según la organización, estas acciones podrían transformarse en “un acto intimidatorio para la libertad de expresión”, afectando la cobertura de información vinculada a personas públicas y al proceso electoral.
Finalmente, instó a la Justicia a “rever de manera urgente la medida cautelar que impide la difusión de audios” y pidió al Gobierno que cese el acoso a periodistas y medios, subrayando que estos deben trabajar con libertad plena para garantizar que la sociedad esté informada sobre asuntos de interés público.
#FOPEALibertadDeExpresión 👉FOPEA rechaza la medida cautelar que prohíbe la difusión de audios atribuidos a la secretaria general de la Presidencia y los allanamientos a medios de comunicación solicitados por la ministra de Seguridad
— FOPEA (@FOPEA) September 1, 2025
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA)👇 pic.twitter.com/2bq3ecKOiR

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